Modalidades de selección
También llamado: modalidad de selección · modalidades de contratación
Las vías legales para escoger al contratista — licitación pública como regla general, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, más la mínima cuantía — con causales regladas.
Las modalidades de selección son las vías que la ley establece para escoger al contratista del Estado. El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 fija cuatro: la licitación pública, que es la regla general; la selección abreviada, para las causales que la norma enumera — entre ellas los bienes y servicios de características técnicas uniformes y la menor cuantía—; el concurso de méritos, para consultoría y proyectos; y la contratación directa, excepcional y de causales taxativas. A ellas se sumó la mínima cuantía — la contratación que no excede el diez por ciento de la menor cuantía de la entidad—, con su procedimiento simplificado propio.
Lo esencial del régimen es que la modalidad no se elige: se determina. El objeto, la cuantía y las causales legales definen la vía, y la justificación de la modalidad es parte obligatoria de los estudios previos. Usar una modalidad que no corresponde — fraccionar cuantías para caer en mínima, forzar una causal de directa — no es un atajo administrativo sino una de las conductas que los entes de control persiguen con más dedicación.
Para quien vende al Estado, la modalidad define el juego completo: los plazos, la exigencia de registro — el RUP no se requiere en contratación directa ni en mínima cuantía—, los factores de evaluación y el esfuerzo de la oferta. Leer la modalidad es lo primero que un proponente hace con un proceso, porque de ella sale cuánto tiempo hay y qué se va a evaluar.
El error frecuente en las entidades es de planeación: descubrir la modalidad al final, cuando el estudio previo ya se escribió con otra en mente, y ajustar la justificación al resultado. El orden correcto es el inverso — el objeto y el análisis del sector determinan la modalidad, y la modalidad estructura el resto del proceso, incluido el cronograma que la plataforma transaccional hará cumplir.
Como todo procedimiento reglado con causales, plazos y documentos por etapa, cada modalidad es en el fondo un proceso — y una entidad que contrata en volumen gana lo mismo que en cualquier otro proceso crítico al gobernarlo: expedientes completos por diseño, términos vigilados y la evidencia de cada actuación en su lugar.
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